VOL. IX, January 17, 1935
[ VOL. IX, January 17, 1935 ]
JOURNAL NO. 123
Se abre la sesión a las 5:50 p.m. ocupando la presidencia interinamente el Delegado Hon. Manuel C. Briones, por designation del Sr. Presidente.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se abre la sesión.
DISPENSACION DE LA LECTURA DE LA LISTA Y DEL ACTA
SR. ESCAREAL: Señor Presidente.
EL PRESIDENTE INTERINO: Señor Delegado.
SR. ESCAREAL: Pido qué se dispense la lectura dela lista y del acta, y qué esta se de por aprobada.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Tiene la Asamblea alguna objeción a la moción? ( Silencio. ) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada.
DESPACHO DE LOS ASUNTOS QUE ESTAN SOBRE LA MESA DEL PRESIDENTE
EL PRESIDENTE INTERINO: Leanse los documentos recibidos.
EL SECRET ARIO:
PETICION
Escrito enviado por la Asociacion Española de Ultramar, haciendo algunas consideraciónes sobre la importancia historica de la lengua castellana en Filipinas, en relacion con el establecimiento de un idtoma nacional en este pais. (No. 210)
EL PRESIDENTE INTERINO: Al Comité de Ponencias.
CONTINUACION DE LA DISCUSION DEL PROYECTO DE CONSTITUCION
EL PRESIDENTE INTERINO: Está en orden la continuation de la discusión del proyecto de Constitucion.
SR. CUENCO: Señor Presidente.
EL PRESIDENTE INTEEINO: Señor Delegado.
SR. CUENCO: Propongo qué la votacion en cuanto a la enmienda qué propusimos ayer, referente al nombramiento de Jueces, se aplase para el lunes proximo.
SR. ORENSE: Me opongo.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se ha propuesto qué la votacion sobre la enmienda pendiente, presentada por el Delegado Cuenco y otros sea aplazada para la sesión del lunes proximo.
SR. FRANCISCO: Señor Presidente, para una aclatacion. Parece ser qué el Delegado Señor Cuenco se referfa exclusivamente a la votacion, pero hasta ahora no se ha terminado la discusion de esa enmienda.
SR. CUENCO: Se han consumido ya todos los turnos reglamentarios.
SR. FRANCISCO: Quedan todavía dos.
SR. ORENSE: Para una cuestión de Reglamento.
EL PRESIDENTE INTERINO: Algun punto de orden?
SR. ORENSE: Sí, Señor.
EL PRESIDENTE INTERINO: Puede plantearlo el Caballero de Batangas.
SR. ORENSE: Se aprobo anoche por esta Convencion una orden especial qué significa una alteracion o una enmienda de nuestro Reglamento interior, y entiendo qué un reglamento, sea de caracter general o de caracter especial, no puede ser alterado sino mediante el voto de dos terceras partes, o no puede ser suspendido sino tambien mediante el numero necesario de votos. La peticion o modon del Caballero de Cebu envuelve una alteracion, si no una suspension del Reglamento especial acordado anoche de qué hoy votemos sobre esta cuestión.
SR. SOTTO (F.): Señor Presidente, creo qué esta fuera de orden mi querido amigo, el Caballero de Batangas. No hay ninguna cuestión de Reglamento aqui. Una orden especial es como otra cuaJquiera qué adopte la Convencion. No es una enmienda al Reglamento, y por esto no envuelve reforma ni nada del Reglamento. Es simplemente una orden especial qué puede ser cambiada, derogada o reformada por otra orden especial.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa después de haber oido al Delegado por Cebu, siente tener qué desestimar el punto suscitado por el Caballero de Batangas.
SR. FRANCISCO: Entonces propongo qué la moción del Señor Cuenco sea enmendada en la forma siguiente: qué la discusion de la enmienda propuesta por el Señor Cuenco sea aplazada para el sabado proximo.
SR. CUENCO: Ya se ban terminado todos log turnos.
SR. FRANCISCO: No todavía. La Mesa reconocio aver el derecho qué tiene el presidente del Comité Judicial de cerrar el debate.
SR. CUENCO: Se han consumido ya todos las otros turnos reglamentarios.
SR. NEPOMUCENO (R.): Propongo qué se pregunte al Caballero qué presidio la sesión de anoche sobre esta cuestión.
EL PRESIDENTE INTERINO: Desearia informarse la Mesa del Delegado por Capiz, qué presidio la sesión de ayer, si realmente hay algunos turnos.
SR. ORENSE: Creo qué, existiendo un record , este constituye siempre la mejor prueba, o prueba primaria qué prevalece sobre la secundaria qué es el testimonio oral. Por lo tanto, pido qué se consulten los records como la mejor prueba y no el testimonio oral del qué presidio la sesión de anoche.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene razon el Delegado por Batangas. ¿Qué dicen los records ?
SR. CUENCO: Leanse las notas.
EL PRESIDENTE INTERINO: Segun el Secretario de la Convencion, la Mesa reservo todavía el derecho de cerrar el debate al Comité de Tres.
SR. CUENCO: En ese caso, ha sido un error de la Mesa, porque la Mesa no puede alterar el Reglamento. fiste de una manera explfcita y terminante dispone qué solamente haya tres turnos en pro y en contra.
EL PRESIDENTE INTERINO: Pero hay el precedente aqui de qué el Comité cierre el debate.
SR. CUENCO: No, Señor; al contrario, de acuerdo con el Reglamento de la Camara, si; pero de acuerdo con el Reglamento de la Convencion, no. Sin embargo, presento la moción de qué se permita al Caballero de Cavite cerrar el debate.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿No tiene Su Señoria objeción a la enmienda presentada por el Delegado por Cavite, de qué la discusion se aplace para la sesión del sabado proximo?
SR. CUENCO: Me opongo. Sí el Caballero de Cavite quiere consumir un turno a favor del proyecto, pues qué lo consuma ahora.
EL PRESIDENTE INTERINO: Qué dice el Delegado por Cavite? ¿Está dispuesto a consumir un turno?
SR. FRANCISCO: Sí se me permite qué yo consuma mi turno ahora, la consecuencia necesaria seria qué se votara ahora también, y si se permite qué se vote el sabado, justo es qué la discusion se aplace para el sabado también.
EL PRESIDENTE INTERINO: Entonces, la Mesa va a someter a la Asamblea . . .
SR. ORENSE: Pido qué se levante la sesión. Hemos sido citados desde las dos de la tarde, nemos empezado a las 5:50 p.m. ¿Qué culpa tenemos los qut hemos estado esperando aqui? Y ahora se entabla esta discusion; asi es qué pido qué se levante la sesión.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Insiste en su moción el Caballero de Batangas?
SR. ORENSE: Sí, Señor.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa va a someter a votacion la moción.
Los qué estén conformes con ella, qué digan Sí . ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué no lo estén qué digan No . ( Una mayoría: No. ) Hay una mayoría en contra de la moción. Queda rechazada.
EL PRESIDENTE INTERINO: Hay una cuestión pendiente todavía, Señores Delegados, y es la de si ha de aplazarse la discusion de esta enmienda.
SR. CUENCO: Estoy conforme ya con la enmienda a mi moción.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Hay alguna objeción a qué se aplace la discusion de la enmienda Cuenco y otros, para la sesión del sabado proximo? ( Silencio. ) La Mesa no oye ninguna. Queda aprobada.
MR. ABORDO: In view of the fact that it seems that every Delegate is in a hurry to dispose of the Constitution, I move that beginning tomorrow we work in the morning and in the afternoon. Mr. President, if we really mean to be sincere in our desire to finish the Constitution and considering the fact that we have been here for almost six months, I think that it is high time that the Members of this Convention worked morning and afternoon.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa va a someter a votación.
SR. LAPAK: Para una enmienda a la moción.
EL PRESIDENTE INTERINO: Puede formularla Su Señoria.
SR. LAPAK: Propongo la enmienda de qué desde el lunes tengamos sesión por la mañana y por la tarde.
SR. CONEJERO: La moción no ha sido secundada y ademas, debe referirse al Comité de Reglamentos.
SR. GUZMAN (B.): Secundo la enmienda a la moción.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se ha presentado la moción de qué comenzando desde el lunes, se celebren sesiónes mañana y tarde.
Los qué estén conformes con la misma, qué digan Sí . ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué no lo estén, qué digan No . ( Una mayoría: No. ) Se rechaza la moción.
SR. ROMERO: Señor Presidente, en vista de qué esta Asamblea ya esta terminado sus trabajos, y urge la creacion del Comité de Estilo, el Comité de Reglamentos ha preparado una enmienda al Reglamento en forma de resolucion, creando el Comité de Estilo. La enmienda consiste en hacer del Presidente de la Asamblea Presidente de dicho Comité, y los miembros del Subcomité de Siete, miembros exoficio.
MR. GRAFILO: What happened to the Committee on Style?
MR. ROMERO: It is another committee, another special committee.
EL PRESIDENTE INTERINO: Lease la resolucion.
EL SECRETARIO:
CONVENCION CONSTITUCIONAL P. R. C. C. No. 104
RESOLUCION ENMENDANDO EL PARRAFO OCHO DE LA REGLA ESPECIAL PARA LA CONSIDERACION DEL PROYECTO DE CONSTITUCION
Se resuelve enmendar, como por la presente se enmienda, el parrafo ocho de la regla especial para la consideration del proyecto de Constitucion, de mode qué dicho parrafo se lea como sigue:
"8. Se crea un Comité Especial de Estilo qué sera presidido por el Presidente de la Convention y qué se conipondia de los miembros de Comité de Siete qué sometic el proyecto de Constitucion, como miembros ex-oficio y de quince mienibros nombrados por el Presidente de la Convencion, al cual se endosaran los textos en ingles y en español del proyecto de Constitucion, después de aprobado por Convension en tercera lectura juntamente con las enmiendas de forma qué hasta entonces se hubieren registrado en la Secretaria. La facultad de este Comité especial de Estilo, las cuales es imprimira y seran de nuevo pometidas a la Convencion para qué sean leidas integramente. En tal estado, ya no se podran hacer alteraciones en cuanto al fondo del proyecto, pero cualquier Delegadc podra ofrecei reparof a la forma de una parte cualquiera del mismo en cuyo caso las cuestiónes se resolveran sin debate por la Asamblea. Resueltas toda; las cuestiónes. se entendera finalmente aprobado el proyecto el cual se imprimira, para su firma, en ingles y en español."
SR. RAFOLS: Señor Presidente, quisiera dirigir alguilas preguntas al ponente, si el me las permite.
EL PRESIDENTE INTERINO: El ponente puede contestar, si asi lo desea.
SR. ROMERO: Sí Señor.
SR. RAFOLS: Parece ser qué el Comité de Estilo ya existe.
SR. ROMERO: Sí Señor; pero no se ha nombrado a sus miembros.
SR. RAFOLS: Ese Comité ya existe desde su organizacion por el de Companero Vicente Sotto; quisiera sabet qué pasara con este Comité.
SR. ROMERO: El Comité qué se trata de crear ahora es un Comité especial.
SR. RAFOLS: ¿Se quiere dar a entender qué el actual Comité de Estilo va a ser abolido?
SR. ROMERO: El trabajo del Comité de Estilo actual es diferente; sus trabajos se refieren al Diario de Sesiones, al Archive, etcetera.
APROBACION DE LA RESOLUCION
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Está dispuesta la Asamblea a votar sobre la resolucion? ( Varios Delegados: Sí. )
Los qué estén conformes con la misma, qué digan Sí . ( Una mayoría: Sí. ) Los qué no lo estén, qué digan No . ( Varios Delegados: No. ) Queda aprobada.
CONTINUACION DE LA DISCUSION DEL PROYECTO DE CONSTITUCION
EL PRESIDENTE INTERINO: Está en orden la continuation de la discusion de la parte del proyecto de Constitucion qué se refiere al Departamento Judicial. Lease el Artículo 6.
"Sec. 6. — No judge who has been appointed for a particular district shall be designated or transferred to another district without the approval of the Supreme Court."
ENMIENDA GUZMAN
SR. GUZMAN (B.): Señor Presidente, para una enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: Puede proponerla Su Señoria.
SR. GUZMAN (B.): Despues de la palabra "Supremo" insertese de siguiente: "esta disposicion no sera aplicable a la reforma u organization de los tribunales de justicia o de distrito."
En las constituciones de casi todas las naciones se reconoce el derecho del juez de no ser trasladado de un punto a otro, pero es precise hacer una pequeña salvedad, porque a veces el tiempo, las circunstancias y la experiencia requieren la reorganizacion de los tribunales. En este caso, si se aprobara la disposicion o el Artículo 6, tal como esta, no habria ningun poder politico del Gobierno qué pudiera ordenar el traslado de un juez de un punto a otro. este es el motive por el cual pido qué se apruebe esta enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Qué dice el Comité?
SR. LAUREL: Señor Presidente, el Comité quisiera pcdir aclaracion de la enmienda, porque, realmente, el Comité no la entiende, asi es qué, para el benefrcio de los Miembros de esta Convencion y del Subcomité de Siete, rogamos encarecidamente al proponente de la enmienda qué la formule claramente. Asi ss podra discutir con conocimiento de causa.
SR. GUZMAN (B.): Señor Presidente, en vista de la peticion del Delegado por Batangas, Señor Laurel, qué dice no haber comprendido la enmienda, voy a repetirla, Despues de la palabra "Supremo" insertese lo siguiente: "Está disposicion no sera aplicable a la reforms y organizacion de los tribunales o de los distritos."
Fundamento. A veces, las circumstancia, el tiempo y la experiencia requieren la reorganization de los tribunales, y no se podria llevar a cumplido efecto fsa reorganización si no se acepta esta enmienda. Ya hemos reconocido qué los jueces son inamovibles y vitalicios pero qué, por lo menos, puedan ser trasladados de un punto a otro, cuando asi lo exijan las circunstancias.
SR. LAUREL: Entonces, Señor Presidente, el Comité siente no poder aceptar la enmienda.
LA ENMIENDA DE GUZMAN (B.) ES RECHAZADA
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Puede votarse la enmienda? ( Varios Delegados: Sí. )
Los qué estén conformes con la misma, qué digan Sí . ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué no lo estén, qué digan No . ( Una mayoría: No. ) Rechazada.
ENMIENDA DEL DELEGADO ORENSE
SR. ORENSE: Señor Presidents, para una enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: Puede proponerla Su Señoria.
SR. ORENSE: Propongo qué se supriman las palabras "Sin la aprobacion del Tribunal Supremo" y, en su lugar, se inserten las siguientes: "sin el consentimiento del interesado."
Voy a razonar mi enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Caballero de Batangas.
DISCURSO DEL SR. ORENSE
SR. ORENSE: Señor Presidente y Caballeros de la Convencion: Acabo de oh del Delegado por Cebu, Señor Cuenco, y del floor leader , qué es una barbaridad mi enmienda ; pero voy a demostrar qué no lo es y tengo mis razones basadas en hechos qué han ocurrido y qué todavía ocurren.
Todos convenimos en qué debe mantenerse la independencia de los jueces si queremos qué haya una administracion de justicia honrada e imparcial, y si queremos qué esta administracion de justicia sea estable para la estabilidad de nuestro Gobierno. Sentada esta premisa, quiero decirles qué tal como esta el Articulo 6, el juez quedara convertido poco menos qué en un peon de ajedrez con la diferencia de qué si antes como ahora el qué mueve los peones es el Secretario de Justicia, en adelante seria el Tribunal Supremo.
Supongo qué todavía conseivara vuestra memoria el caso de aquel malogrado juez Borromeo qué demostro ser uno dc los jueces más indepondientes en cl ejercicio de sus funciones. Os acordareis de qué siendo juez de un distrito quisieron trasladarle a otro y el no presto su consentimiento, y promovio un quo warranto ante la Corte Suprema contra el Juez Fermin Mariano, y la Corte Suprema sostuvo su alegacion, manteniendo la independencia judicial, al declarar en su decision qué solamente en dos casos puede un juez ser destituido o separado del servició. Pues bien; creo qué con ese precepto, en vez de ir para adelante iremos para atras. Mi deseo es qué un juez, en el ejercicio de sus funciones, se sienta tan independiente qué aplique la ley lo mismo al pobre como al rico, al poten tado como al debil, y no tenga qué pensar qué su permanencia en el cargo depende del Tribunal Supremo.
SR. ENRIQUEZ: Para algunas preguntas al orador, Señor Presidente.
SR. ORENSE: Estoy dispuesto a contestar.
SR. ENRIQUEZ: Suponiendo qué en interes de la justicia y del mismo juez, conviniera qué se le trasladase de su distrito a otro, ¿no cree Su Señoria qué, si aceptaramos lo qué propone, no podriamos trasladar a ese juez?
SR. ORENSE: Sí no le he entenido mal, su supuesto parte del hecho de qué el juez consiente; si consiente el juez, no hay cuestión.
SR. ENRIQUEZ: Vamos a quitar lo de su consentimiento, y dejar lo de la conveniencia del interesado porque no ha ganado la amistad sino la enemistad de su distrito, y un juez qué esta mal mirado en su distrito no puede administrar justicia.
SR. ORENSE: Antes de contestar, voy a hacerle una pregunta: ¿quien va a determinar las exigencies o la necesidad del servició publico?
SR. ENRIQUEZ: Aqui se dice la Corte Suprema, Sí vamos a dejar tal como esta el draft del Comité de Tres, la Corte Suprema, entiendo yo, es quien debe determinar la exigencia del servició publico.
SR. ORENSE: ¿La exigencia del servició?
SR. ENRIQUEZ: Creo yo.
SR. ORENSE: Entonces, si ese es el supuesto, abrigo mis temores de qué los salpiques de lodo de la politica, como ha dicho muy bien el Delegado Conejero, lleguen hasta nuestro más alto Tribunal, porque indudablemente el Tribunal Supremo, para determinar lo qué exige el ser. vicio publico, tendria qué abrir una especie de informacion y esta informacion tendria qué venir, naturalmente, de los politicos y si no totalmente de los politicos, de muchas personas qué estén más o menos en contacto con los politicos, y esto es lo qué también trato de evitar. A ser posible, qué la politica no llegue hasta el Tribunal Supremo.
SR. ENRIQUEZ: Y vamos a suponer qué ban formulado cargos especificos, concretes contra el juez, ¿qué dice Su Señoria?
SR. ORENSE: Sabe muy Men Su Señoria cual es el procedimiento. Hay una ley sobre el particular: se forma un expediente administrative por la Corte Suprema contra el juez y a ese juez se le da oportunidad para defenderse. Ha habido varies casos; yo he defendido a un juez de un cargo administrative mediante ese procedimiento.
SR. LAPAK: Señor Presidente, en vista de la relacion de este Artículo 6, sobre todo la parte qué se trata de fuprimir, con el Artículo 5 cuya consideración hemos aplazado para el sabado, entiendo qué debe ser aplazada también la consideración de esbo, porque también interviene la Corte Suprema en el nombramiento, asi es qué si desaprobamos o aceptamos el Artículo 5 tal como esta, necesariamente tendremos qué desaprobar o aceptar el Artículo 6.
SR. ORENSE: Creo qué es una pregunta impertinente o sin relacion con el asunto.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa cree qué se puede considerar hoy ese Artículo.
SR. CONEJERO: Para unas preguntas al orador, Señor Presidente.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Qué dice el orador?
SR. ORENSE: Con mucho gusto.
SR. CONEJERO: La enmienda qué propone Su Señoria haciendo depender en gran parte el traslado de un juez de la voluntad del interesado mismo, ¿no cree Su Señoria qué someteria los intoreses privados del juez a los intereses de la comunidad qué puedan requerir su traslado a otro distrito?
SR. ORENSE: No estoy conforme con esa hipotesis, por la siguiente razdn: el juez de Primera Instancia debe presumirse qué es persona consciente de su propia responsabilidad y del cumplimiento de sus deberes. Con esto quiero decir, qué este juez, si se diera cuenta de qué su permanencia en el distrito es perjudicial o dañina al interes publico, el mismo pediria el traslado y si no lo hiciera su conciencia misma le condenarfa, y si no tiene conciencia no debe ser juez.
SR. CONEJERO: Pero Su Señoria sabe muy bien qué ha habido, y hay, funcionarios qué, a pesar de qué ellog mismos estan convenctdos de qué no deben permanecer ni un momento más en su puesto, sin embargo, insisten en continuar y ¿ese caso no seria perjudicial a los intereses del mismo pueblo qué requieren su traslado?
SR. ORENSE: Teniendo en cuenta los hechos, puedo afirmar qué no se de ningun caso en qué un juez, cuyo traslado a otro distrito sea requerido en bien del servició publico, se haya negado a ser trasladado. Todos nuestros jueces hasta ahora, por lo qué me consta, han sido honradisimo? a carta cabal, Integros y cumplidores de su deber.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene el uso de la palabra el Delegado Nepomuceno.
DISCURSO DEL SR. NEPOMUCENO (R.)
MR. NEPOMUCENO (R.): Mr. President and Gentlemen of the Convention: I fully agree with the Gentleman from Batangas that it is a wise policy to protect the independence of the judiciary. But I submit most respectfully that the best way to undermine the independence of the judiciary and to weaken the administration of justice would be to approve such amendment as has been proposed by the distinguished Gentleman from Batangas.
According to the amendment, a judge may be transferred or designated from one district to another, provided that he consents to such transfer or designation. To my mind, it is easy to imagine a case wherein such designation or transfer with the consent of the Judge would be the best way to defeat the interests of justice. When those who control the Government or when the Department is interested in a court decis;on, in one way or another, it is easy for the Department to enter into a combination with a judge who will readily consent to his transfer from his own district to another in order particularly to decide the particular case. In this way, with the consent of the judge, the Department or those in power may easily obtain the decision they want of a case pending in any court of the Philippines.
On the other hand, Mr. President, the interests of justice may require that even without the consent of the interested party, his transfer or his designation may be made.
I think, Mr. President, that the Supreme Court, as the highest tribunal of our land, which has full knowledge of the character and integrity of our judges and which knows more or less the intimate relations a judge may have in his particular district after his stay there for some time, should be given the privilege of granting approval to the transfer or designation of such judge from one district to another. Not necessarily because there is some complaint against the judge, but for other reasons. A judge, for example, although of good character and moral conduct, may have established relations — intimate relations — with so many persons in his district that it is to the interest of justice that he should be transferred from that district to another.
In this case, Mr. President, I submit that even without the consent of the judge of that district, provided we have the approval of the Supreme Court, that judge should be transferred or designated from that district to another. As I stated before, the best way to defeat the interest of justice, in some cases, would be to approve the amendment presented by the Gentleman from Batangas. For this reason, Mr. President, the amendment should be turned down.
SR. GUZMAN (ANT.): Señor Presidente, para algunps oreetintas al orador.
EL PRESIDENTE INTERINO: El orador puede contestar. si le place.
SR. NEPOMUCENO (R.): Sí, Señor; con mucho gusto.
SR. GUZMAN (ANT.): Por lo qué veo, Su Señoria esta conforme con la proposicion sobre el Poder Judicial. Es decir, qué la remocion del juez la haga el Secretario de Justicia, pero qué no tenga efectividad sin la aprobacion de la Corte Suprema. ¿No cree Su Señoria qué mientras estamos velando mucho por la independencia judicial, por otra parte estamos dando una diserecion muy amplia en este caso a la Corte Suprema?
SR. NEPOMUCENO (R.): Creo qué es muy bueno hacerlo.
SR. GUZMAN (ANT.): Suponiendo qué el Secretario de Justicia remueva a un juez y qué haya consentido la Corte Suprema, pero qué este juez crea qué su traslado es injusto, invocando el caso del juez Borromeo.
SR. NEPOMUCENO (R.): La Corte Suprema no interviene en ese caso.
SR. GUZMAN (ANT.): Suponiendo qué se trata de un caso en qué el Secretario de Justicia, al ordenar el traslado, haya contado con el consentimiento de la Corte Suprema y qué el juez afectado piense qué el Secretaire de Justicia obro muy parcialmente y en perjuicio suyo, ¿a quien podria acudir ese juez?
SR. NEPOMUCENO (R.): El juez afectado lo qué haria ea elevar un escrito a la Corte Suprema, demostrando la injusticia de su traslado.
SR. GUZMAN (ANT.): Pero si ya fue aprobado por la Corte Suprema.
SR. NEPOMUCENO (R.): La intervencion de la Corte Suprema, en los casos de traslado o designacion de unos jueces para otros (fistritos, es la mejor garantia contra posibles abusos del Departamento de Justicia.
SR. GUZMAN (ANT.): Luego, ¿apoya Su Señoria la enmienda del Caballero de Batangas, de qué se debe contar con el consentimiento del trasladado?
SR. NEPOMUCENO (R.): No concuerdo con la idea del Caballero de Batangas.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se va a votar la enmienda. Los qué estén a favor de ella, digan Sí . ( Una minoría: Sí. ) Los qué estén en contra, digan No . ( Una mayoría: No. ) Rechazada. ¿Puede votarse el Artículo 6? ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué estén a favor del Artículo 6 digan Sí . ( Una mayoría: Sí. ) Los qué estén en contra, digan No . ( Una minoría.: No. ) Aprobado.
MR. MARAMARA: Mr. President, Delegate Esliza has presented an amendment to insert a new section between Section 6 and Section 7. The amendment is to the effect that all courts shall be courts of record.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Un nuevo Artículo?
MR. MARAMARA: Yes, Between Section 6 and 7.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa cree qué puede presentarse más tarde.
SR. CONEJERO: Señor Presidente, para una cuestión de orden. Parece qué lo qué acabamos de votar no ha sido más qué la enmienda del Caballero de Batangas.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa pregunto a la Asamblea si podia votarse el Artículo 6 y la Asamblea consintio, y se voto el Artículo 6 y quedo aprobado. Ahora pasamos al Artículo 7.
SR. RAFOLS: Señor Presidente, para una enmienda. Mi enmienda consists en la adicion de las palabras "o Municipios", después de la palabra "distrito".
SR. ORENSE: Señor Presidente, para un turno en contra.
EL PRESIDENTE INTERINO: Vamos a disponer antes de la enmienda del Caballero de Cebu.
SR. ORENSE: El orden de factores no altera el producto.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Delegado por Batangas.
DISCURSO DEL SR. ORENSE
SR. ORENSE: Señor Presidente, Caballeros de la Convencion: Estoy otra vez aqui para pedir, como os pido, la supresion total del Artículo 7 qué estamos discutiendo. Yo me he cansado de oiv de los autorizados labios de nuestros constitucionalistas . . .
MR. BUSLON: Mr. President, for a point of order. Our Rules state that no amendment should be entertained unless presented and filed with the Secretary three days in advance.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se revoco ya ese ruling ayer. Puede proseguir el Delegado por Batangas, Señor Orense.
SR. ORENSE: ( Prosiguiendo. ) Se ha alegado repetidas veces por autoridades en materia constitucional y por nuestros constitucionalistas en esta Convencion, qué en nuestra Constitution no deben insertarse materias qué no scan propias de una constitution, o, en otras palabras, hablando const itucionalmente, no debe haber disposiciones en nuestro codigo fundamental más qué sobre materia o subjects propios de una constitucion. La dispcsicion en debate creo qué es materia propia de una mera legislacion, e insertarla en la Constitucion es atar de pies y manos a la Asamblea Nacional cuando ceurran necesidades qué remediar, pues se encontrara luego con una disposicion de esta indole en nuestra Constitucion y se veria impedida de llenar esas necesidades. Suscribo la tes;s de mi querido Colega, el Delegado por Batangas, Señor Laurel, de qué debemcs tener una constitucion más flexible, para qué pueda atemperarse a toda clase de circunstancias presentea y por venir. Creo qué una constitucion escrita en esta forma merece ser calificada de sabia y prudente; pero una constitucion qué se escriba invadiendo la esfera de acción de la Legislatura, seria una constitucion propia para dicuidores, y no para hombres qué son fieles devotos de la democracia.
Vuelvo otra vez a invocar la consecuencia innata en esta Convencion. Desde los comienzos de su actuacio", hasta ahora. a pesar de qué pocas veces he estedo con la mayoría, he encontrado en esta Convencion actos de conspcuecicia. Sí esta Convencion como lo ha demostrado, es consecuente realmente. debe votar por la supresion de este Artículo, poraue, vuelvo a renetir, estamos escribiendo una constitucion v no nn Codigo procesal, ni mucho menos en Codigo administrativo.
SR. ESCAREAL: Señor Presidente, para algunas preguntas al orndor.
EL PRESIDENTE INTERINO: El orador puede contestar, si le place.
SR. ORENSE: Sí, Señor.
SR. ESCAREAL: Constitucionalmente o no, ¿esta Su Senioria a favor de qué un juez de Bulacan o de Laguna, por ejemplo, resida en la Ciudad de Manila?
SR. ORENSE: Segun como se interprete la residencia. Sí es una residencia de origen o legal, entiendo qué st. Ahora bien, si es una residencia actual, no. Pero es qué no se de ningun caso de jueces de provincias qué residan fucra de sus distritos. Supongo qué Su Señoria se referira tal vez a esos jueces qué fueron asignados por el Departamento de Justicia a trabajar, bien en el mismo Departamento, o bien confiandoles alguna comision en una de las salas del Juzgado de aqui o de otra provincia. Pues bien; eso no es residencia; a mi juicio, eso es meramente accidental.
SR. ESCAREAL: ¿No sabe Su Señoria qué muchos jueces, por ejemplo, ban sido nombrados para la provincia de Bulacan o de Rizal, y viajan diariamente a la cabecera de esas provincias para volver por la tarde a Manila a eso dp las doce?
SR. ORENSE: Eso no esta en contra de la disposicion sobre la residencia de qué habla el Artículo 7. Su Señoria defiende el Artículo 7. ¿No es asi?
SR. ESCAREAL: Sí, Señor.
SR. ORENSE: Pues bien, creo qué aún con esta misma frase "res:diran en sus respectivos distritos," si se da el caso de qué habla Su Señoria, no quedaria remediado, porque ese juez qué va por la mañana a su Juzgado y vuelve por la tarde a Manila, teniendo casa puesta en su distrito, no quiere decir qué no tiene residencia en su distrito. Su venida a Manila es accidental.
SR. ESCAREAL: En la suposición de qué esa disposicion se internrete como residencia fisica, actual . . .
SR. ORENSE: Desearia arguir sobre hechos y no sobre hipotesis, porque no cstoy aqui como un experto. Creo qué sclamente a los expertos se les puede dirigir preguntas hipoteticas.
SR. ESCAREAL: No le considero a Su Señoria experto; creo qué teneo derecho a dirigirle preguntas.
EL PRESIDENTE INTERINO: Ha expirado el tiempo del Delegado por Batangas.
SR. CINCO: Señior Presidente, solicito un turno en centra.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Delegado por Leyte.
DISCURSO DEL SR. CINCO
MR. CINCO: Mr. President and Gentlemen of the Convention:
I oppose the amendment and I favor this provision in Section 7 of the draft. I think Leyte is one of many provences that have suffered the inconvenience resulting from a judge going to the province to hold court sessions for fifteen days or so and, during which time, dispatching 300 or 400 cases, and afterwards returning to his province of origin. Mr. President, we have had experiences with judges who, having lost interest in staying longer in the place, dispatched all pending cases in a hurry, as many as 400 cases in fifteen days!
I am not referring to the present incumbent of the court at Tacloban, for whom I have only the best commendation.
Mr. President, I think that this provision of the draft is well founded and should be approved.
SR. ENCARNACIÓN: Señor Presidente, tengo una enmienda del mismo tenor y quisiera hablar a favor de la misma.
EL PRESIDENTE INTERIM: Tiene la palabra el Delegado por Cavite.
DISCURSO DEL SR. ENCARNACIÓN
SR. ENCARNACIÓN: Señor Presidente, Caballeros de la Convention: Este Artículo 7 del cual estamos tratratando ahora, como ha dicho muy bien el Caballero de Eatangas, Señor Orense, a mi juicio Ho es materia constitucional; muy bien podria ser objeto de una circular del Departamento de Justicla o de una legislation ordinaria, No creo qué sea necesario insertar semejante precepto, porque, en ultimo termino, este precepto no tendria aplicacion en la practica. Voy a c:tar un ejemplo. El juez de la provincia de Rizal, cuyo Juzgado esta muy cerca de Manila, tiene su casa y, de hecho, vive aqui en Manila; si se aprueba este precepto constitutional, le obligariamos a vivir en Rizal. Pero este juez podria fingir residencia en Rizal y vivir de hecho en Manila. Entonces este precepto constitucional seria inutil por impracticable. Ademas, ¿cual es la razon de este precepto o del Artículo siete? No veo por qué vamos a insertar este precepto haciendo qué los jueces vivan en un distrito determinado. De acuerdo con la ley vigente, los jueces de Primera Instancia tienen sus horas de oficina. Un juez celebra sesiónes desde por la mañana hasta las doce o las dos de la tarde, y no tiene obligation de celebrar sesión por la tarde. Depende del calendario de asuntos. Creo qué no debemos incluir este precepto en nuestra Constitution, de lo contrario nos veriamos amarrados si lo quisieramos después suprimir, puesto qué no enmendariamos la Constitution por una cosa tan insignificante, Asi es qué, en vista de estos motives, creo qué se debe descartar de nuestro draft ete Articulo por innecesario e impracticable.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Está dispuesta la Asamblea a votar? ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué estén a favor, digan Sí . ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué esten en contra, digan No . ( Varios Delegados: No. ) Division. Los qué estén a favor tengan la bondad de levantarse. ( Se levantan 59 Delegados. ) Los qué estén en contra tengan la bondad de levantarse ahora. ( Se levantan 39 Delegados. ) Por 59 votos afirmativos, contra 39 negativos, se aprueba la enmienda.
SR. FRANCISCO: Señor Presidente, presento la motion de reconsideration de la enmienda, a fin de qué el Comité pueda ser oido en relation con este punto discutido. El Comité no ha sido oido y desea expliear sus puntos de vista en relation con el precepto qué se ha enmendado.
SR. OSIAS: ¿Ha votado el Delegado por Cavite a favor de la enmienda?
EL PRESIDENTE INTERINO: Está en orden la motion de reconsideracion.
Tiene la palabra el Delegado por Cavite.
DISCURSO DEL SR. FRANCISCO
SR. FRANCISCO: Señor Presidente y Caballeros de la Convention: Yo estoy deseoso de poder conocer la verdadera razon de los qué se oponen a este precepto. El Delegado por Cavite, Señor Enearnacion, ha preguntado cual es la razon de este precepto. Para el no existe razon alguna para este precepto. Yo digo qué no solamente exiate razon, sino qué existe ademas a favor de este precepto la experiencia de muchos abogados sobre la forma como muchos jueces despachan sus asuntos. Quiero Hamar la atencion de los Miembros de esta Convencion al hecho de qué en la redaction de nuestra Constitucion debemos hacerlo en forma tal qué responda a las necesidades del pais. Sostengo, y voy a demostraros, qué este precepto responde a una necesidad de mejorar nuestra administration de justieia. ¿Cual es esa mejora? Señores, he sido testigo, y no solamente este servidor, sino también otros muchos abogados en ejercicio, de qué hay jueces qué, para poder volver a Manila, cierran sus sesiónes los jueves o los viernes por la mañana dejando los asuntos senalados para ese dia pendientes para el lunes. sin consideration a los pobres abogados qué habian pedido qué sus asuntos fueran senalados para ese dia, creyendo qué habria sesiónes hasta el sabado, los cuales se ven obligados a hscer otro viajc. Pero no solamente ocurre esto. Lo más perjudicial es qué hay jueces qué, para poder volver a Manla cuanto antes, procuran despachar a todo correr los asuntos de su Juzgado. Se de cases en los qué el jupz quiso despachar unos tveinta asuntos al dia. ¿Por que? Por el deseo de poder volver pronto a Manila, volver a su residencia. De esta manera cansan perjuicio a la administration de justieia. La forma como se despachan treinta asuntcs al dia se hace como sigue: Se les obliga a los s a cntrar en transacion o convenir en una trancualqirera, 0 a qué presenten sus pruebas aprisi v no estimando las obieciones para acortar la vista, u obligando a los abogados a asistir en las sesiónes desde las seis y media o las siete de la mañana, qué continuen en el Juzgado para celebrar la vista hasta las doce de la noche.
Señores, invoco la necesidad de qué se mejore Ta administration de justicia, y creo qué uno de los medios es obligando a los jueces qué tengan su residencia en sus respectivos distritos.
A la alegacion de qué un juez qué reside en una localidad cercana a la provincia donde ejerce sus funciones podria fingir su residencia en el misrao distrito, respondo diciendo qué el interes personal del juez debe sacrificarse por el interes publico.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se va a votar la moción de reconsideración. Los qué estén a favor, digan Sí . ( Varios Delegados: Sí. ) Los qué estén en contra, digan No . ( Varios Delegados: No. ) Division. Los qué estén a favor, sfrvanse levantarse. ( Se levantan 59 Delegados. ) Los qué estén en contra se serviran hacer lo mismo. ( Se levantan 58 Delegados. ) Por 59 votos afirmativos contra 58 negativos, se aprueba la moción de reconsideración.
Se va a someter de nuevo la enmienda.
SR. NEPOMUCENO (R.): Pido qué la votacion sea nominal.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa desea ver si hay el numero reglamentario de Delegados qué apoye la moción. ( Varios Delegados se levantan. ) Hay el numero reglamentario. Lease la lista.
MR. ABORDO: Mr. President, I would like the Chair to clarify the . . . .
EL PRESIDENTE INTERINO: Lo qué se va a votar es la enmienda Orense y Encarnacion, suprimiendo el Articulo 7.
SR. ABAYA: Yo quisiera saber si la palabra "residencia" quo aparece aqui significa la residencia fisica o la legal.
SR. FRANCISCO: Residencia actual.
EL PRESIDENTE INTERINO: Lease la lista de Delegados:
EL SECRETARIO:
Señor Abaya Sí
” Abella Sí
” Abordo No
” Abrigo No
” Adduru Sí
” Alvero No
” Aldeguer Ausente
” Alejandrino Ausente
” Alkuino No
” Alonto Ausente
” Altavas Ausente
” Ancheta Sí
” Araneta Sí
” Arcenas Ausente
” Arellano Ausente
” Artadi No
” Arteche Ausente
” Aruego Ausente
” Balili No
” Baltao Sí
” Bañaga Sí
” Barrion Ausente
” Bautista No
” Beltran Ausente
” Benitez Ausente
” Benito Ausente
” Binag No
” Bocar No
” Bonto Sí
” Borbon Ausente
” Braganza Sí
” Briones Ausente
” Buendia Ausente
” Bueno Sí
” Buslon No
” Cabarroguis Ausente
” Cabili Ausente
” Calleja Ausente
” Canonoy No
” Caram Ausente
” Carin Sí
” Cariño Ausente
” Castillejos No
” Castillo Sí
” Castro No
” Cea Sí
” Chioco No
” Cinco No
” Clarin Ausente
” Cloribel Sí
” Conejero Abstencion
” Confesor Sí
” Conol No
” Crespilo Ausente
” Cruz (C.) Sí
” Cruz (R.) Ausente
” Cuaderno No
” Cuenco Sí
” Curato No
” Delgado Ausente
” Diez Sí
” Divinagracia No
” Dikit No
” Duguiang Ausente
” Encarnacion Sí
” Enriquez No
” Escareal No
” Esliza No
” Ezpeleta Ausente
” Fakañgan No
” Fernandez Sí
” Flores Sí
” Francisco No
” Gaerlan No
” Galang Ausente
” Ganzon No
” Grafilo Sí
” Grageda Sí
” Guariña Ausente
” Guevara Ausente
” Gullas No
” Gumañgan No
” Gumban Ausente
” Gutierrez David Ausente
” Guzman (Alej.) Sí
” Guzman (Ant) Sí
” Guzman (B.) Sí
” Guzman (J.) Sí
” Hernaez Ausente
” Hontiveros No
” Inting Sí
” Irving No
” Jose Ausente
” Joven No
” Jumauan Sí
” Kapunan Sí
” Kintanar Sí
” Labrador Ausente
” Lapak No
” Ledesma No
” Leonardo No
” Lesaca Ausente
” Liboro Ausente
” Lim Sí
” Lizardo Sí
” Lizares Ausente
” Locsin Sí
” Lopez, (E.) No
” Lopez, (V.) Ausente
” Lorenzana Ausente
” Lorenzo No
” Lutero Ausente
” Maglanoc Ausente
” Marabut No
” Mansueto No
” Maramara No
” Martinez (M.) Sí
” Martinez (R.) Ausente
” Maza No
” Melendez Ausente
” Melendres Ausente
” Millar Ausente
” Moldero No
” Moncado Ausente
” Montaño Sí
” Montesa Sí
” Montilla No
” Montinola Ausente
” Morales Sí
” Mumar Sí
” Muñoz No
” Navarro Ausente
” Nepomuceno, (J.) No
” Nepomuceno, (R.) Sí
” Nepomuceno, (V.) Ausente
” Niere Sí
” Ocampo Sí
” Orense Sí
” Ortega Ausente
” Ortiz, (L.) Sí
” Ortiz, (M.) No
” Osias No
” Ozamis Ausente
” Palma Ausente
” Paredes Sí
” Pelayo Sí
” Perez, (J.) Sí
” Perez, (T.) Sí
” Perfecto Ausente
” Piang Sí
” Pio Ausente
” Prieto No
” Quirino, (E.) Ausente
” Quirino, (D) Ausente
” Rafols No
” Ramos Ausente
” Ranjo Sí
” Reyes, (G.) No
” Reyes, (J.) Ausente
” Ribo Sí
” Ricohermoso Ausente
” Rivera Sí
” Romero No
” Roxas Ausente
” Saguin Sí
” Salazar (A.) No
” Salazar (V.) Sí
” Salumbides No
” Sandiko Ausente
” Sanchez Sí
” Sandoval No
” Santos No
” Sanvictores No
” Sevilla No
” Singson Encarnacion Ausente
” Sinsuat Sí
” Sison Ausente
” Sobrepeña No
” Sotto, (F.) Sí
” Sotto, (V.) Sí
” Suñer Ausente
” Surban Sí
” Tanopo No
” Tulawi Sí
” Velasco No
” Ventenilla Sí
” Ventura Ausente
” Villamor Sí
” Villanueva No
” Villarama Ausente
” Villareal No
” Vinzons Sí
” Ybañez Sí
” Ysip Ausente
” Yusay No
” Zavalla Ausente
” Zialcita Sí
” El Presidente
MR. GRAFILO: Mr. President, I wish that my vote be changed from yes to no.
SR. ORENSE: Señor Presidente, hay una cuestión. El mismo Delegado por Sorsogon acaba de decir qué cambia su voto de "si" por "no" en el memento de hacerse el escrutinio. ¿Es correcto, es honesto, este procedimiento, o no? Debemos, Señor Presidente, dar ejemplo a nuestro electorado. Sí aqui, donde nos consideramos como los mejores elementos qué ha enviado el pais, empleamos esa tactica para alterar el resultado de la votacion, ¿cual seria la actitud del pueblo después cuando vengan las elecciones?
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa esta dispuesta a emitir su resolucion: Es perfectamente correcto y permisible el cambio de voto antes de anunciarse el retiltado de la votacion, y de hecho esta Asamblea ha permitido qué Miembros qué hari votado a favor cambien su voto per otro en contra.
La Mesa va a anunciar el resultado de la votacion: 64 votes affirmatives contra 64 votes negativos. Se rechaza la enmienda.
SR. LIM: Quiero anunciar a la Mesa qué el Señor Millar acaba de llegar y quiere votar.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se ha anunciado ya el resultado de la votacion, asi es qué nadie tiene ya derecho a votar. El resultado es 64 afirmativos contra 64 negativos. Por tanto, queda rechazada la enmienda.
SR. ORENSE: Presento la moción de reconsideración.
EL PRESIDENTE INTERINO: No se puede, porque seria la segunda moción de reconsideración.
SR. ORENSE: ¿Acaso nuestro Reglamento prohibe una segunda moción de reconsideración? ¿En qué parte de nuestro Reglamento esta eso?
SR. BAUTISTA: Señor Presidente, tengo una enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Delegado por Pampanga.
SR. BAUTISTA: Quisiera solamente anunciar qué tengo una enmienda al Artículo 7 qué consisste en insertar la palabra "actually" entre la palabra "shall" y la palabra "reside".
SR. ORENSE: Para un turno en contra de la enmienda.
SR. BAUTISTA: Creo necesario presentar esta enmienda para evitar qué la palabra "reside" tenga erronea interpretation. La idea del Comité al proponer este Artículo es obligar al juez a qué resida en su distrito; pero si no se pone la palabra "actually", los jueces pueden alegar qué residen en el distrito aunque no sea asi.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Caballero de Batangas.
DISCURSO DEL SR. ORENSE
SR. ORENSE: Señor Presidente y Caballeros de la Convention: La exigencia de esta enmienda no es solamente innecesaria sino también es hasta vejatoria y dedeprimente para nuestra Judicatura de quien hablo anoche en tonos muy elevados mi querido Compañero, el Delegado por Cebu, Señor Cuenco, como también creo haber oido lo mismo de algunos Miembros del Comité. Digo deprimente, porque, refiriendome a los casos citados por el Delegado por Cavite, formulo la siguiente replica. Sí esos jueces, después de todo, han terminado lo qué tienen qué hacer en ese dia, ¿se pretende acaso qué permanezean todo el tiempo, por ejemplo, en Cavite, Rizal o Bulacan? ¿Qué hara ese juez durante la noche o todo el tiempo en qué no tiene nada qué hacer? Basta, a mi juicio, qué un jura cumpla con su deber de estar en el Juzgado durante las horas qué la ley prescribe; qué este hasta la hora en qué debe estar segun la ley, pero no más, porque no debe ser más papista qué el mismo papa. Digo, Señores, como humano qué es el juez, si realmente tiene deseoa de vemir a Manila, le seria muy facil buscar un medio de cumplir con esta ley y, sin embargo, venir a Manila. Sabeis muy bien aquel refran qué dice: Quien hizo la ley hizo la trampa. Pues bien; ¿qué le cuesta al juez poner una casa verbigracia en Bulacan o en Cavite, alquilar una casa de tre;nta pesos y pagar un peso por eomida o sesenta pesos al mes? De hecho estara residiendo allí, tendra casa puesta, y sin embargo, venir a Manila. De modo qué eso no resuelve el problema.
SR. RAFOLS: Para una pregunta al orador, Señor Presidente.
SR. ORENSE: Yo no debo ahora contestar a ninguna pregunta, porque no quiero cambiar de contestacion después, porque soy mayor de edad y no estoy sujeto a . . .
MR. GRAFILO: Mr. President, I move for the descarte of the insinuation made by the Gentleman from Batangas (Mr. Orense) who, on several times, has changed his vote.
SR. ORENSE: No tengo objecion a qué se descarte
EL PRESIDENTE INTERINO: Descartese.
SR. ORENSE: ( Prosiguiendo. ) Caballeros: mantengo otra vez la idea de qué esta cuestión debemos dejarla a la Asamblea Nacional. Está enmienda debe ser rechazada, a mi juicio, y asi lo pido.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Está dispuesta la Asamblea a votar?
UN DELEGADO: Quisieramos saber si el Comité acepta la enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Qué dice el Comité?
SR. FRANCISCO: Lo dejamos a la discrecion de esta Honorable Asamblea.
MR. ESCAREAL: Mr. President, one more question. Is it not true that, in voting on the last proposition to maintain the draft, the Convention interpreted that the word "reside" means actual residence?
MR. FRANCISCO: Yes.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se va a votar la enmienda. Los qué estén a favor de la enmienda, digan Sí . ( Una minoría: Sí. ) Los qué estén en contra, digan No . ( Una Mayoría: No. ) Rechazada.
SR. ORENSE: Señor Presidente, pedimos qué se vote ahora el Artículo 7.
SR. RAFOLS: Señor Presidente, tengo una enmienda, qué consiste en anadir las palabras "o municipios" después de la palabra "distritos."
Señor Presidente, de acuerdo con el Artículo 7 los Jueces de Primera Instancia estan obligados a residir en sus distritos. El objeto de la ley es qué estos jueces puedan atender a las necesidades urgentes de los litigantes, como, por ejemplo, la prestacion de fianza; pero esta disposicion aolamente alcanza a los Jueces de Primera Instancia qué tienen sus distritos. Alcanzara también a los tribunales de apelación, en caso de qué estos sean creados; pero esta disposicion no alcanza a los Jueces de Paz, porque estos en su mayoría, no tienen más qué un raunicipio y no tienen distritos, y, por lo tanto, al hablar de distritos este Artículo se refiere solo a los Juzgados de Primera Instancia. Sí exigimos a los Jueces de Primera Instancia residir en sus distritos, no existe razon alguna de por qué no nemos de exigir lo mismo a los Jueces de Paz. He notado qué muchos Jueces de Paz no residen en sus municipios respectivos, pues por las mañanas van a sus juzgados, van a sus oficinas a las diez de la mañana y a las once vuelven a su pueblo; de tal manera qué después de la hora reglamentaria de oficina, el juez de paz, si sucede algún crimen o alguna persona es arrestada, no puede ya verificar la investigacion o recibir la fianza del arrestado por estar ausente.
SR. ESCAREAL: Señor Presidente, para algunas preguntas al orador.
EL PRESIDENTE INTERINO: El orador puede contestar, si le place.
SR. RAFOLS: Sí, Señor.
SR. ESCAREAL: En caso de qué se organicen dos o tres municipios para formar un distrito, ¿como se interpretania eso?
SR RAFOLS: Entonces, estarla obligado el juez de paz a residir en uno de los mun;cipios del distrito, mientras qué ahora esta disposicion solo puede aplicarse a los Jueces de Paz qué tienen su residencia en sus municipios respectivos, y lo qué yo quisiera es qué se obligue también al Juez de Paz a residir en su municipio y no saiga de alli. Sí vamos a oblipar a los Jueces de Primera Instancia qué residan en sus distritos, ¿no hay razon para qué los Jueces d? Paz no hayan de residir también en sus respectivos municipios.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Puede votarse la en mienda? ( Varios Delegados: Sí. )
Los qué estén a favor de la enmienda del Caballero de Cebu, digan Sí . ( Una minoría: Sí. ) Los qué estén en contra, digan No . ( Una mayoría: No. ) Rechazada.
SR. ENCARNACIÓN: Señor Presidente, pido qué se vote el Artículo.
EL PRESIDENTE INTERIM: No hay necesidad. Habiendose rechazado la mocion de supresion, puede darse por aprobado el Artículo.
SR. ORENSE: Pedimos qué se vote ahora el Artículo, Señor Presidente. Pedimos qué esta cuestión se someta a votacion de la Convencion.
EL PRESIDENTE INTERINO: Habiendose rechazado la enmienda por sustitucion, virtualmente queda aprobado este Artículo. Por lo tanto, la Mesa da por aprobado estt Artículo 7.
SR. ORENSE: Señor Presidente, si la Mesa resuelve en ese sentido, apelo contra la Mesa a la Convencion. ( Varios Delegados: Sí, Sí. ) ( Varios Delegados: No, No. )
SR. ESCAREAL: Señor Presidente, pido qué se levante la sesión.
SR. ORENSE: Señor Presidente, hay una apelación contra la Mesa.
SR. ABRIGO: Señor Presidente, pido qué se suspenda la sesión por ahrunos minutos.
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa va a someter a la Asamblea la apelación del Caballero de Batangas.
SR. ARANETA: Señor Presidente, pido la reconsideración de la decision de la Mesa, antes de qué la Mesa scmeta el asunto a la Convencion.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿En qué sentido?
SR. ARANETA: Quisiera decir dos palabras.
EL PRESIDENTE INTERINO: Tiene la palabra el Señor Delegado por Manila,
SR. ARANETA: Señor Presidente, creo qué aqui se ha suscitado una cuestión muy fundamental, independientemente de la opinion qué tengamos sobre los meritos del precepto en cuestión. Creo qué aqui se discute una cuestión fundamental. Se cierto qué se ha presentado una enmienda por supresion al precepto y esa enmienda se ha rechazado, porque hubo un empate de cincuenta contra cincuenta. Quieren ahora la Mesa y la Asamblea interpretar ese empate, en el sentido de qué una mayoría de la Convencion esta a favor de ese precepto. Pero el Reglamento dice qué después de las enmiendas es necesario someter el proyecto a votacion, por articulos.
SR. ABRIGO: Señor Presidente, para algunas preguntas al orador.
EL PRESIDENTE INTERINO: El orador puede contestar, si le place.
SR. ABRIGO: ¿No es verdad qué la diferencia de un voto equivaldria a una mayoría?
SR. ARANETA: Es qué no se ha votado.
SR. ABRIGO: Esa es la regla. El empate significa rechazamiento de la enmienda.
EL PRESIDENTE INTERINO: Segun el Secretario, los records demuestran qué en la consideration del articulado del proyecto, cada Artículo, después de las enmiendas, se ha sometido a votacion. Por tanto, la Mesa va a someter a votacion este Artículo ahora.
SR. ENCARNACIÓN: Señor Presidente, en ese caso pedimos qué la votacion sea nominal.
SR. ESCAREAL: Señor Presidente, pido qué se levante la sesión, como cuestión de privilegio.
EL PRESIDENTE INTERINO: Se ha pedido qué la votacion sea nominal. La Mesa desea ver el numero reglamentario de Delegados qué apoyen la votacion nominal. ( Algunos Delegados se levantan. )
SR. ORENSE: Señor Presidente, pedimos qué se nombre al Delegado por Tarlac, Señor Bañaga, como escrutador por nuestra parte.
SR. ABRIGO: Señor Presidente, esta fuera de orden el Caballero de Batangas.
EL PRESIDENTE INTERINO: El Caballero de Batangas puede proponer su moción más tarde. La Mesa esta comprobando si hay el numero reglamentario de Delegados qué apoyen la votacion nominal. Sirvanse ponerse de pie los Delegados qué apoyen la votacion nominal. ( Varios Delegados se levantan. ) Haya el numero reglamentario de Delegados qué apoyan la votacion nominal. Puede el Delegado por Batangas proponer ahora su peticion de qué se nombre un escrutador.
SR. ORENSE: Señor Presidente, pido qué el Delegado por Tarlac sea nombrado escrutador.
EL PRESIDENTE INTERINO: Sí no hay objeción, queda designado el Delegado por Tarlac para actuar de escrutador. Se va a votar ahora el Articulo. Los qué estén a favor del Artículo contestaran si, y los qué estén en contra, contestaran no, cuando sus nombres sean llamsdos Lease la lista.
VOTACION NOMINAL
EL SECRETARIO:
Señor Abaya No
” Abella No
” Abordo Sí
” Abrigo Sí
” Adduru No
” Alvero Sí
” Aldeguer Ausente
” Alejandrino Ausente
” Alkuino No
” Alonto No
” Altavas Sí
” Ancheta Ausente
” Arcenas Ausente
” Arellano Sí
” Artadi Ausente
” Arteche Ausente
” Aruego Ausente
” Balili Sí
” Baltao Ausente
” Bañaga Ausente
” Barrion Ausente
” Bautista Sí
” Beltran Ausente
” Benitez Ausente
” Benito Ausente
” Binag Sí
” Bocar Ausente
” Bonto No
” Borbon Ausente
” Braganza No
” Briones
” Buendia Ausente
” Bueno No
” Buslon Sí
” Cabarroguis Ausente
” Cabili Ausente
” Calleja Ausente
” Canonoy Sí
” Caram Ausente
” Carin Sí
” Cariño Ausente
” Castillejos Sí
” Castillo No
” Castro Sí
” Cea No
” Chioco Sí
” Cinco Sí
” Clarin Ausente
” Cloribel No
” Conejero Abstencion
” Confesor Ausente
” Conol Sí
” Crespillo Ausente
” Cruz, (C.) No
” Cruz, (R.) Ausente
” Cuaderno Sí
” Cuenco No
” Curato Sí
” Delgado Ausente
” Diez Ausente
” Dikit Sí
” Divinagracia Sí
” Duguiang Ausente
” Encarnacion No
” Enriquez Sí
” Escareal Sí
” Esliza Sí
” Espeleta Ausente
” Fakañgan Sí
” Fernandez Sí
” Flores No
” Francisco Sí
” Gaerlan Sí
” Galang Ausente
” Ganzon Sí
” Grafilo Sí
” Grageda No
” Guariña Ausente
” Guevara Ausente
” Gullas Sí
” Gumangan Sí
” Gumban Ausente
” Gutierrez David Ausente
” Guzman (Alej.) No
” Guzman (Ant.) No
” Guzman (B.) No
” Guzman (J.) No
” Hernaez Ausente
” Hontiveros Ausente
” Inting No
” Irving Sí
” Jose Ausente
” Joven Sí
” Jumauawan No
” Kapunan No
” Kintanar No
” Labrador Ausente
” Lapak Sí
” Laurel Sí
” Ledesma Ausente
” Leonardo Sí
” Lesaca Ausente
” Liboro Ausente
” Lim No
” Lizardo No
” Locsin Ausente
” Lizares Ausente
” Lopez (E.) Sí
” Lopez (V.) Ausente
” Lorenzana Ausente
” Lorenzo Ausente
” Lutero Ausente
” Maglanoc Ausente
” Mansueto Ausente
” Marabut Sí
” Maramara Sí
” Martinez, (M.) No
” Martinez, (R.) Ausente
” Maza Sí
” Melendez Ausente
” Melendres Ausente
” Millar Ausente
” Moldero Sí
” Moncado Ausente
” Montaño Ausente
” Montesa Ausente
” Montinola Ausente
” Montilla Ausente
” Morales No
” Mumar No
” Muñoz Sí
” Navarro Ausente
” Nepomuceno (J.) Sí
” Nepomuceno (R.) Sí
” Nepomuceno (V.) Ausente
” Niere No
” Ocampo No
” Orense No
” Ortega Ausente
” Ortiz (L.) No
” Ortiz (M.) Sí
” Osias Ausente
” Ozamis Ausente
” Palma Ausente
” Paredes No
” Pelayo No
” Perez (J.) No
” Perez (T.) No
” Perfecto Ausente
” Piang No
” Pio Ausente
” Prieto Sí
” Quirino (E.) Ausente
” Quirino (D.) Ausente
” Rafols Sí
” Ramos Ausente
” Ranjo No
” Reyes (G.) Ausente
” Reyes (J.) Ausente
” Ribo No
” Ricohermoso Ausente
” Rivera No
” Romero No
” Romualdez Sí
” Roxas Ausente
” Saguin No
” Salazar (A.) Ausente
” Salazar (B.) No
” Salumbides Sí
” Sandiko Ausente
” Sanchez No
” Sandoval Sí
” Santos Sí
” Sanvictores Ausente
” Sevilla Sí
” Singson Encarnacion Sí
” Sinsuat Ausente
” Sison Ausente
” Sobrepeña Ausente
” Sotto (F.) No
” Sotto (V.) Ausente
” Suñer Ausente
” Surban No
” Tanopo Sí
” Tulawi No
” Velasco Sí
” Ventenilla No
” Ventura No
” Villamor Ausente
” Villanueva Ausente
” Villarama Ausente
” Villareal Sí
” Vinzons No
” Ybañez No
” Ysip Ausente
” Yusay Sí
” Zaballa Ausente
” Zialcita Ausente
” Zurbito Ausente
SR. ROMERO: El Señor Millar acaba de Hegar y pido qué se le deje votar, Señor Presidente.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Como vota el Delegado por Tayabas?
SR. MILLAR: Señor Presidente, yo estaba ausente del salon y no se lo qué se esta votando.
EL PRESIDENTE INTERINO: Sí vota si , votar por el draft , y si vota no , vota por la supresion del Artículo 7 del draft .
SR. MILLAR: Voto no .
MR. ABORDO: Mr. Preaident, the Gentleman from Manila has just arrived and I ask that he be allowed to vote.
SR. PERFECTO: Señor Presidente, yo deseo votar y voto si .
SR. FRANCISCO: Señor Presidente, acaba de llegar el Delegado Villarama y pido qué se le deje votar.
EL PRESIDENTE INTERINO: ¿Como vota el Delegado Villarama?
SR. VILLARAMA: Voto si .
EL PRESIDENTE INTERINO: La Mesa va a anunciar el resultado de la votacion: ausentes, 85; abstencion, 1; af irmativos, 47; negativos 34. Se rechaza la enmienda.
LEVANTAMIENTO DE LA SESION
SR. ROMERO: Señor Presidente, pido qué se levante la sesión, hasta mañana a las 3:00 p.m.
EL PRESIDENTE INTERINO: Sí no hay objeción, se levanta la sesión, hasta mañana a las 3:00 p.m. ( no hubo objeción. )
Eran las 7:45 p.m.
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